El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la agilización de trámites y plazos en los procesos emblemáticos de corrupción en la Corte Superior Nacional.
Así, dicho consejo fijó el cierre de turnos del 1°, 2°, 3° y 4° Juzgados de Investigación Preparatoria Especializados en Crimen Organizado y el funcionamiento de la Segunda Sala Penal de Apelaciones en Delitos de Corrupción de Funcionarios.
En el primer caso, la medida permitirá que los jueces a cargo de los referidos juzgados agilicen los procesos en trámite que se encuentran actualmente en sus despachos, y cumplir sin inconvenientes con los plazos previstos en la ley.
El máximo órgano de gobierno judicial dispuso que el turno de los Juzgados de Investigación Preparatoria Especializados en Crimen Organizado deberá extenderse para los casos nuevos, medidas limitativas nuevas; y todo aquel requerimiento o solicitud nueva que no cuente con carpeta creada en el sistema.
Sobre la Segunda Sala Penal de Apelaciones Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios se informó que esta instancia conocerá, en adición a sus funciones, los procesos tramitados conforme al Código de Procedimientos Penales de 1940 porque la carga que soportan las cuatro Salas Penales Liquidadoras existentes son casos altamente sensibles y complejos.
La disposición permitirá atender con mayor celeridad los procesos que están sin fecha de inicio de juicio oral en las mencionadas salas liquidadoras.
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial facultó al presidente de la CSN, Octavio César Sahuanay Calsín, para que redistribuya los procesos tramitados conforme al Código de Procedimientos Penales de 1940 de las Salas Penales Liquidadoras a la Segunda Sala Penal de Apelaciones Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios.
El objetivo es procurar el equilibrio de carga procesal entre éstas y evitando el quiebre de los juicios orales.
La solicitud para el funcionamiento de la Segunda Sala Penal de Apelaciones Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios se hizo gracias a un trámite administrativo interno entre la presidencia de la CSN y las gerencias de Planificación y Recursos Humanos y Bienestar.
En el proceso se validó su viabilidad al contarse con plazas vacantes y presupuestadas, lo que significa que su activación no irrogará gasto alguno al Poder Judicial.